Sin rigor las multas por violentar reglamento de bienestar animal en municipios

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En promedio, la multa máxima en los municipios sería de 35 UMA, aunque la legislación permite hasta 800 Unidades

Redacción/Enigma Diario

El Observatorio Ciudadano de Protección Animal (OCPA) informó que, de los 47 municipios que han emitido y publicado su respectivo reglamento, se establecen como multas económicas por violentarlo, el valor de 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien incumpla con lo establecido y para quien reincida la multa se eleva a 35 UMA.

Lo anterior representa multas económicas que van de los mil 697 pesos y los 3 mil 959 pesos.

El OCPA señaló que las multas establecidas por los ayuntamientos representan un monto muy por debajo de lo que permite la Ley de Bienestar Animal, que dispone multas que, dependiendo la infracción, pueden ser de 5 a 200 UMA, de 10 a 500 UMA o de 15 a 800 UMA; es decir, multas que podrían ir de los 22 mil pesos a los 90 mil pesos.

Asimismo, el Observatorio informó que la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala (PROPAET) difundió que, para determinadas infracciones, la dependencia puede aplicar multas que van más de acuerdo con la mencionada ley.

La gran diferencia que existe entre las multas que establecen los reglamentos municipales y lo que permite la legislación puede causar que un ciudadano que quiera presentar alguna denuncia por la vía administrativa, prefiera hacerlo en la PROPAET y no en el ayuntamiento”, advirtió el OCPA.

Dicho factor, señaló el Observatorio, repercute en la responsabilidad que tienen los ayuntamientos en cumplir con la Ley de Bienestar Animal, ya que la autoridad que debe ser la primera respondiente, es la municipal, tanto por cercanía, como porque al menos el personal sumado que atienda las denuncias en los ayuntamientos, es mayor al asignado por la dependencia estatal.

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