Amplian agravantes por delito de acoso sexual

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Aldo Romero/Enigma Diario

Reconociendo que el abuso sexual constituye una de las expresiones más graves de la violencia sexual y de género que persisten en México, las y los integrantes de la 65 Legislatura local aprobaron la reforma al Código Penal para clasificarlo como un delito grave que debe ser perseguido de oficio.

La iniciativa promovida por la Diputada Lorena Ruíz García, potencia la protección y seguridad de las víctimas, a través de la modificación del tipo penal y sanción de la conducta del delito de abuso sexual.

La reforma específica que el delito de abuso sexual podrá realizarse tanto en el ámbito público como en el privado, lo que implica reconocer que puede presentarse en cualquier lugar y en cualquier momento de la vida de la persona.

Asimismo, propone considerar equivalentes del abuso sexual, cuando a la víctima se le obligue a exhibir su cuerpo. Asimismo se reconocerán como actos de abuso sexual a los tocamientos, caricias, roces corporales y exhibiciones sexuales explicitas.

Por otra parte, la iniciativa precisa que un elemento importante en el delito de abuso sexual será la falta de consentimiento de la víctima, por lo que no se considerará el consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad.

La reforma va más allá, estableciendo que el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima, con lo cual, no se deja ningún aspecto en el que se pueda interpretar un consentimiento que no sea el expreso.

Se incluye que el delito será perseguido de oficio, con el propósito de ampliar la facultad de atención de las autoridades, sin la necesidad de que se presente una denuncia por parte de la víctima.

Asimismo, la reforma plantea el aumento en las penas, pasando de tres hasta siete años de prisión y multas económicas de doscientas a quinientas veces el valor del UMA.

La Diputada Ruíz García aclaró que el propósito de la reforma es reconocer al delito de abuso sexual como un acto que no puede ser analizado de forma aislada, sino que, debe ser sancionado a partir de todo elemento que influya en su comisión.

En ese sentido se estableció el aumento, en una tercera parte de la sanción prevista, cuando para la comisión de este delito el sujeto activo se haga valer o se aproveche de diversas circunstancias tales como: violencia física, psicológica o moral; sea ejecutado por dos o más personas, se cometa en un lugar despoblado, solitario o poco accesible; cuando exista o haya existido entre el agresor y la victima una relación de confianza; cuando se realice por profesionista aprovechando su empleo, cargo o comisión; cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad; cuando se cometa contra personas por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género y cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión.

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